Transcripción del video
¿Sabes qué ocurrirá con tu voto el día de las elecciones?
El día de las elecciones, los electores y electoras pueden votar presencialmente en la mesa que les corresponda, entre las 9 de la mañana y las 8 de la tarde.
A las 8 de la tarde el presidente o presidenta de la mesa electoral anuncia en voz alta que va a terminar la votación y, a continuación:
Permitirá votar a los electores y electoras que estén dentro del local electoral o en el acceso al mismo.
Introducirá en la urna los sobres de votación remitidos por correo.
Votará él mismo, los vocales y los interventores acreditados ante esa mesa y no permitirá que vote nadie más.
El escrutinio de los votos
Termina la votación y comienza el escrutinio de los votos, comenzando por las elecciones al Congreso de los Diputados.
El presidente o presidenta abre la urna y va sacando los sobres de uno en uno.
Lee en voz alta la candidatura votada. Muestra la papeleta a vocales, apoderados e interventores.
Se recuenta el número de votos obtenidos por cada candidatura y el presidente anuncia:
- Número de electores/as censados.
- Número de votantes.
- Número de votos nulos.
- Número de votos en blanco.
- Número de votos por candidatura.
Se resuelven posibles protestas y reclamaciones.
Se destruyen todas las papeletas de votación excepto las consideradas como votos nulos y las que han sido objeto de alguna reclamación.
Estas papeletas se firmarán y se incluirán en la documentación electoral que la mesa debe entregar en el juzgado de primera instancia o de paz.
Se extiende el acta de escrutinio y con ella se hace lo siguiente:
El original se coloca en la entrada del local electoral.
Se entrega una copia a:
- Representante de la administración.
- Representantes de las candidaturas.
- Apoderados/as.
- Interventores/as.
De igual forma se procede con el escrutinio de las elecciones al Senado, aunque en lugar de candidaturas, el presidente o presidenta da lectura al nombre de los candidatos que figuran marcados con una cruz.
Se extiende el acta de la sesión y se reparten copias a los representantes de las candidaturas, apoderados/as e interventores/as que lo soliciten.
Destino final de la documentación
La documentación electoral se distribuye en 3 sobres:
Sobre 1
- Original del acta de constitución de la mesa.
- Original del acta de la sesión y documentación a que esta haga referencia: listas del censo electoral,
- Lista numerada de votantes, papeletas nulas y protestadas…
Sobres 2 y 3
- Copia del acta de constitución de la mesa.
- Copia de las actas de la sesión.
Los sobres 1 y 2 serán entregados personalmente por el presidente o presidenta y los/las vocales e interventores/as que lo deseen en la sede del juzgado de primera instancia o de paz, en cuya demarcación esté situada la mesa.
La fuerza pública acompañará y, si fuera necesario, facilitará el desplazamiento de estas personas.
En las diez horas siguientes a la recepción de la última documentación, el juez o la jueza se desplazará personalmente a la sede de la junta electoral de zona, donde hará entrega, bajo recibo detallado del sobre 1.
El sobre 3 será entregado por un o una vocal de la mesa electoral al representante de Correos que acudirá a la mesa para recogerlo.
Fin de la transcripción del video