Sistema Electoral

El sistema electoral es el procedimiento a través del cual los votos se convierten en representantes en las cámaras.

En España, se utiliza una división por circunscripciones, el Método D’Hondt, para repartir los representantes dentro de cada circunscripción.

El Método D’Hondt es el sistema utilizado para la atribución de escaños en función de los resultados del escrutinio; se realiza conforme a las siguientes reglas:

  • Se excluye a las candidaturas que no hayan obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en cada circunscripción, en el caso de elecciones a Cortes Generales, o el 5% en el caso de elecciones Municipales. En las elecciones al Parlamento Europeo no existe ningún porcentaje de exclusión. (votos válidos son los votos a candidatura más los votos en blanco).
  • Se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos por las restantes candidaturas.
  • Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etc., hasta un número igual al de escaños correspondientes a la circunscripción.
  • Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente
  • Cuando en la relación de cocientes coincidan dos cocientes correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que mayor número total de votos hubiese obtenido. En caso de que el total de votos de ambas candidaturas coincida, el primer empate se resolverá por sorteo y los sucesivos de forma alternativa.

Una circunscripción es una división electoral.

En España para la elección de Diputados y Senadores, cada provincia constituirá una circunscripción electoral. Asimismo, las ciudades de Ceuta y Melilla serán consideradas, cada una de ellas, como circunscripciones electorales.

Para las Elecciones de Senadores, se consideran circunscripciones cada una de las siguientes islas o agrupaciones de islas: Mallorca, Menorca, Ibiza-Formentera, Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, Tenerife, El Hierro, La Gomera y La Palma.

En las elecciones al Parlamento Europeo, la circunscripción electoral es el territorio nacional.

En las elecciones municipales, cada término municipal constituye una circunscripción electoral.

Es un voto en blanco aquel cuyo sobre no contiene papeleta y aquellas papeletas en las que no se haya marcado ningún candidato o candidata en el caso de elecciones al Senado o de elecciones locales a municipios de hasta 250 habitantes o en régimen de Concejo Abierto.

Los que se emiten en sobres o papeletas diferentes del modelo oficial, las papeletas sin sobre, o los que se emiten en sobres alterados.

Las papeletas en las que se hubiera modificado, añadido, o tachado el nombre de los candidatos o candidatas, alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado.

Los sobres que contengan más de una papeleta de distintas candidaturas (si se incluyen varias papeletas de la misma candidatura, se cuenta como un solo voto válido).

En el caso de Elecciones al Senado, las papeletas en las que se hayan marcado más de tres candidatos o candidatas, más de dos en el caso de Gran Canaria, Tenerife, Mallorca, Ceuta y Melilla, o más de uno en el caso de Menorca, Ibiza-Formentera, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, y La Palma.